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Consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas

¿Qué es el Certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas en la modalidad de transporte por carretera ADR?

El Certificado de Consejero es un Título habilitante que expide el Ministerio Transportes a traves de las diferentes Consejerías, que habilita para el desarrollo de las funciones y trabajo como Consejero de seguridad.

Dicho certificado o título se adquiere tras superar previamente un examen sobre las obligaciones que corresponden a los consejeros de seguridad y sobre las materias que les sean aplicables de la normativa sobre mercancías peligrosas.

¿Quieres trabajar como Consejero de seguridad en el transporte de mercancías peligrosas?

Aquí te explicamos los pasos a seguir para conseguir tu titulación y poder acceder a este puesto de trabajo que todas las empresas de transporte de mercancías peligrosas necesitan cubrir.

¿Qué Empresas están obligadas a designar un Consejero de Seguridad?

Cualquier empresa cuya actividad comprendan la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones conexas de embalaje, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes, designará a uno o a varios consejeros de seguridad, en adelante llamados «consejeros», para el transporte de mercancías peligrosas, encargados de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente, inherentes a estas actividades.

Las autoridades competentes podrán prever que esta obligación de designar un consejero no se aplique a:

a) las empresas cuyas actividades implicadas afecten a cantidades que se limiten, para cada unidad de transporte, a las que no excedan los umbrales establecidos en el ADR

b) las empresas que no efectúen, a título de actividad principal o accesoria, transportes de mercancías peligrosas u operaciones de embalado, llenado, de carga o descarga relacionadas con estos transportes, pero que ocasionalmente efectúen transportes nacionales de mercancías peligrosas u operaciones de embalado, llenado, de carga o descarga relacionadas con estos transportes, presentando un grado de peligro o de contaminación mínimo.

Obligaciones del Consejero de Seguridad

Bajo la responsabilidad del jefe de la empresa, el consejero tiene por misión esencial investigar cualquier medio y promover cualquier acción, dentro de los límites de las actividades relacionadas con la empresa, para facilitar la ejecución de estas actividades respetando las disposiciones aplicables y en condiciones óptimas de seguridad.

Las obligaciones de los consejeros de seguridad serán las recogidas en el ADR y en el Real Decreto 97/2014

Obligaciones del Consejero de Seguridad establecidas en el ADR

  • Examinar que se respeten las disposiciones relativas al transporte de mercancías peligrosas
  • asesorar a la empresa en las operaciones referentes al transporte de mercancías peligrosas;
  • redactar un informe anual destinado a la dirección de la empresa o, en su caso, a la autoridad pública local, sobre las actividades de esta empresa relativas al transporte de mercancías peligrosas. El informe debe conservarse durante 5 años y disponible para las autoridades nacionales, si lo solicitan;
  • Examinar los procedimientos encaminados a la observancia de las reglas sobre identificación de las mercancías peligrosas transportadas;
  • los procedimientos de la empresa sobre la valoración de las necesidades específicas relativas a las mercancías peligrosas, en la adquisición de los medios de transporte;
  • Examinar los procedimientos que permitan comprobar el material utilizado para el transporte de las mercancías peligrosas o para las operaciones de embalado, llenado, de carga o descarga;
  • Examinar la adecuada formación de los empleados afectados de la empresa, incluyendo los cambios en la reglamentación, y el mantenimiento de los registros de dicha formación;
  • Examinar la aplicación de procedimientos de urgencia apropiados en caso de accidentes o incidentes que puedan afectar a la seguridad durante el transporte de mercancías peligrosas o durante las operaciones de embalado, llenado, de carga o descarga;
  • la realización de análisis y, en caso necesario, la elaboración de partes sobre los accidentes, incidentes o infracciones graves que se hubieren comprobado en el curso del transporte de mercancías peligrosas, o durante las operaciones de embalado, llenado, de carga o descarga;
  • Examinar la aplicación de medios adecuados para evitar la repetición de accidentes, de incidentes o de infracciones graves;
  • Examinar la observancia de las disposiciones legales y la consideración de las necesidades específicas relativas al transporte de mercancías peligrosas en lo referente a la elección y utilización de subcontratistas o terceros participantes;
  • Examinar la comprobación de que el personal encargado de la expedición, del transporte de las mercancías peligrosas embalado o llenado o a su carga o descarga dispone de procedimientos de ejecución y de consignas detalladas;
  • Examinar la realización de acciones de sensibilización a cerca de los riesgos relacionados con el transporte de las mercancías peligrosas embalado o llenado o a la carga o la descarga de dichas mercancías;
  • Examinar la aplicación de procedimientos de comprobación con objeto de garantizar la presencia, a bordo de los medios de transporte, de los documentos y de los equipos de seguridad que deben acompañar a los transportes, y la conformidad de estos documentos y de estos equipos con la normativa;
  • Examinar la aplicación de procedimientos de comprobación con objeto de garantizar la observancia de las reglas relativas a las operaciones de embalado, llenado, de carga y descarga;
  • Examinar la existencia del plan de protección previsto en el ADR.

Obligaciones del Consejero de Seguridad establecidas en el Real Decreto 97/2014

  • Atender los requerimientos de los Servicios de Inspección del Transporte, aportando los datos en relación con el centro y área de actividad objeto de inspección, en la que el consejero de seguridad tenga designada su adscripción.
  • Recabar los datos necesarios para confeccionar el informe sobre accidentes, contemplado en el artículo 29 del presente real decreto.
  • Los consejeros de seguridad que causen baja en una empresa, ya sea a iniciativa propia, de la empresa o por caducidad de su certificado, deberán emitir un informe anual parcial de las actividades realizadas por la empresa durante el periodo del año en que el consejero se haya encontrado en alta, con los datos que la empresa deberá facilitar obligatoriamente al consejero,
  • Los datos incluidos en este informe deberán ser considerados por el consejero entrante en la redacción del informe anual correspondiente.
  • En el caso de que el motivo de baja de un consejero de seguridad sea el cese de la actividad de la empresa deberá remitir a esta un informe anual de las actividades realizadas por la empresa durante el periodo del año en que se haya encontrado en alta.

¿Quién puede ser consejero de seguridad en Mercancías peligrosas en una Empresa?

La función de consejero podrá ser desempeñada, con la condición de que el interesado esté capacitado efectivamente para cumplir sus funciones de consejero.

  • El titular o el director de la empresa.
  • Los miembros del personal de la empresa designados por el titular o el director de aquella.
  • Otras personas no pertenecientes a la empresa o dependientes de entidades, empresas o instituciones públicas o privadas, que estén ligadas a ella por cualquier fórmula de colaboración para desarrollar dichas actividades.

Requisitos para ser Consejero de seguridad en Mercancías Peligrosas

Para poder ejercer las funciones de consejero de seguridad, el consejero deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que corresponden a los consejeros de seguridad y sobre las materias que les sean aplicables de la normativa sobre mercancías peligrosas que dará lugar a la emisión del correspondiente certificado de formación acreditativo.

No hay que poseer ninguna titulación para poder acceder a realizar el examen de Consejero de seguridad, el único requisito es ser mayor de edad, tener más de 18 años.

Solo podrán prestar servicio de consejero de seguridad, en las empresas afectadas, aquellas personas que hayan obtenido el título administrativo de consejero correspondiente al modo de transporte y la especialidad aplicable a cada empresa.

Especialidades de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera

Existen diferentes especialidades, según la materia peligrosas a transportar, del titulo administrativo de Consejero a las que nos podemos presentar y examinar.

Según sean las clases de materias transportadas por las empresas, el titulo de consejero de seguridad puede ser de las siguientes especialidades:

  • Clase 1 (Materias y objetos explosivos)
  • Clase 2 (Gases)
  • Clase 7 (Materias radiactivas)
  • Clases 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9: (Resto de Clases)
  • Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas UN 1202 (Gasóleo), UN 1203 (Gasolina), UN 1223 (Queroseno), UN 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o Mezcla de etanol y combustible para motores) y los combustibles de aviación con los números UN 1268 y UN 1863: (Productos petrolíferos).
  • ADR todas las especialidades

Cuando y donde son los exámenes para consejero de seguridad de mercancías peligrosas por carretera

Las pruebas serán convocadas, al menos una vez al año y llevados a cabo por las Comunidades Autónomas. Éstas serán quienes en tiempo y forma publiquen en el Boletines Oficiales correspondiente la convocatoria de las pruebas con al menos, un mes de antelación a la realización del primer ejercicio.

¿Cómo es el examen e Consejero de Seguridad ADR?

Para la obtención del Certificado o Título de Consejero hay que realizar dos pruebas o exámenes:

  • 1ª prueba: 50 preguntas tipo test en relación con el modo de transporte y especialidad escogida, con cuatro respuestas alternativas, debiendo contestar correctamente un mínimo de 25 para superarla.
  • 2º prueba: un supuesto práctico relativo al modo de transporte y especialidad escogida.

Para la renovación del Certificado o Título de Consejero hay que realizar una prueba o exámen:

  • 1ª prueba: 50 preguntas tipo test en relación con el modo de transporte y especialidad escogida, con cuatro respuestas alternativas, debiendo contestar correctamente un mínimo de 25 para superarla.

El examen tendrá como finalidad verificar si los candidatos poseen el nivel de conocimientos necesario para ejercer las funciones de consejero de seguridad previstas en el ADR, y deberá tratar como mínimo sobre las siguientes materias:

a) conocimientos sobre los tipos de consecuencias que puede suponer un accidente que implique mercancías peligrosas y conocimientos de las causas principales del accidente;

b) disposiciones procedentes de la legislación nacional, de convenios y acuerdos internacionales, sobre todo referentes a:

  • la clasificación de las mercancías peligrosas (procedimiento de clasificación de las soluciones y mezclas, estructura de la lista de las materias, clases de mercancías peligrosas y principios de su clasificación, naturaleza de las mercancías peligrosas transportadas, propiedades físico-químicas y toxicológicas de las mercancías peligrosas);
  • las disposiciones generales para los embalajes, las cisternas y los contenedores cisterna (tipos, codificación, marcado, construcción, pruebas e inspecciones iniciales y periódicas);
  • el marcado, el etiquetado, la fijación de indicaciones y los paneles naranja (marcado y etiquetado de los bultos, fijación y retirada de las etiquetas y de los paneles naranja);
  • las menciones en la carta de porte (indicaciones exigidas);
  • el modo de envío, las restricciones de expedición (carga completa, transporte de mercancías a granel, transporte en grandes recipientes para mercancías a granel, transporte en contenedores, transporte en cisternas fijas o desmontables);
  • el transporte de pasajeros;
  • las prohibiciones y precauciones de carga en común;
  • la separación de las mercancías;
  • la limitación de las cantidades transportadas y las cantidades exentas;
  • la manipulación y estiba (embalado, llenado, carga y descarga – grado de llenado; estiba y separación);
  • la limpieza y/o la desgasificación antes del embalado, llenado, de la carga y después de la descarga;
  • el personal y la formación profesional;
  • los documentos de a bordo (carta de porte, instrucciones escritas, certificado de aprobación del vehículo, certificado de formación para los conductores, copia de cualquier derogación, otros documentos);
  • las instrucciones escritas (aplicación de las instrucciones y equipo de protección del personal);
  • las obligaciones de vigilancia (estacionamiento);
  • las reglas y restricciones de circulación;
  • los residuos operacionales o escapes accidentales de las materias contaminantes;
  • las disposiciones relativas al material de transporte.

Banco de preguntas y supuestos practicos para los exámenes de Consejeros de Seguridad

En este enlace, del Ministerio de Transportes, encontrarás todas las preguntas y supuestos prácticos que forman parte del temario para el examen de consejero de seguridad.

Ministerio de Transportes

Validez y renovación del certificado de Consejero de Seguridad

El Certificado tendrá una duración válida de cinco años. La validez del certificado se renovará automáticamente por periodos de cinco años si su titular ha superado una prueba de control, durante el último año precedente a la caducidad de su certificado. La prueba de control debe aprobarse por la autoridad competente.

La prueba de control tiene por objeto verificar si el titular posee los conocimientos necesarios para ejercer las tareas contempladas en el ADR. Los conocimientos necesarios se definen en el ADR en vigor y deben incluir las enmiendas a la legislación desde la obtención del último certificado. Sin embargo, no es necesario que el titular realice el examen del caso práctico.